Los procesos operativos de la industria de la construcción implican importantes cambios cualitativos y cuantitativos, tanto en los planteles del personal obrero y de conducción, como así también en la entrada y salida de diversos contratistas y subcontratistas.
Por estas razones, la industria de la construcción cuenta con normativa especifica en el campo de la Seguridad e Higiene: el Decreto 911/96.
se incluye en el concepto de obra de construcción a todo trabajo de ingeniería y arquitectura realizado sobre inmuebles, propios o de terceros, públicos o privados, comprendiendo excavaciones, demoliciones, construcciones, remodelaciones, mejoras, refuncionalizaciones, grandes mantenimientos, montajes e instalaciones de equipos y toda otra tarea que se derive de, o se vincule a, la actividad principal de las empresas constructoras.
se incluye en el concepto de obra de construcción a todo trabajo de ingeniería y arquitectura realizado sobre inmuebles, propios o de terceros, públicos o privados, comprendiendo excavaciones, demoliciones, construcciones, remodelaciones, mejoras, refuncionalizaciones, grandes mantenimientos, montajes e instalaciones de equipos y toda otra tarea que se derive de, o se vincule a, la actividad principal de las empresas constructoras.
El trabajador dependiente de los referidos empleadores que, cualquiera fuere la modalidad o denominación que se aplique a su contratación o la forma de su remuneración, desempeñe sus tareas en forma permanente, temporaria, eventual o a plazo fijo en las obras.
Asimismo, el trabajador que se desempeña en talleres, en depósitos o en parques, en operación de vehículos de transporte, en lugares y actividades conexas a la actividad principal de la construcción.
El Comitente será solidariamente responsable, juntamente con el o los Contratistas, del cumplimiento del Decreto 911/96.
Servicios que brindamos en el área:
Elaboración de Programas de Seguridad para contratistas principales resolución. 35/98; subcontratistas, resolución 51/97, y para obras repetitivas y de corta duración, resolución 319/99.
Elaboración de Legajo Técnico.
Análisis de Trabajo Seguro.
Elaboración de estadísticas.
Profesionales matriculados para visitas a obras.
Programa de Capacitación.
Seguimientos de documentación de subcontratistas.
Análisis de riesgos en obra.
Control y certificación de Elementos de Protección Personal.
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